lunes, 11 de agosto de 2014

¿Qué tipo de empresa crear?

http://www.emprendedores.es/crear-una-empresa/tipos-de-sociedades-para-crear-una-empresa

Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada

Autónomo

Persona física que realiza por cuenta propia una actividad económica, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena
Características
• No existe capital mínimo legal.
• El empresario se responsabiliza con todos sus bienes.
• No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.
• Fiscalidad: IRPF
Trámites para la puesta en marcha
• Alta en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria.
• Obtención, si no dispone de él, del número identificativo de Afiliación a la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace, o directamente -con certificado digital- a través de Internet en este enlace.

Capital superior a 3.000€ y responsabilidad limitada

Sociedad Limitada

Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones sociales, integradas por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
Características
• El capital social mínimo no podrá ser inferior a 3.000 €
• La responsabilidad estará limitada al capital aportado por cada uno de los socios.
• Fiscalidad: Impuesto sobre Sociedades.
Trámites para la puesta en marcha
• Certificación negativa del nombre de la sociedad por el Registro Mercantil.
• Firma escritura pública de Constitución de la Sociedad ante notario.
• Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
• Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil.
• Solicitud del Número de Identificación Fiscal en la Agencia Tributaria.
• Obtención del número identificativo de Afiliación a la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social.
• Alta en el Censo de Empresarios en la Agencia Tributaria.
• Liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria (las empresas de nueva creación están exentas durante los dos primeros ejercicios).
• Afiliación de los socios a la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a cada uno de los socios trabajadores y/o administradores.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace, o directamente -con certificado digital- a través de Internet en este enlace.

Capital superior a 3.000€ y responsabilidad limitada

Sociedad Limitada Laboral

Sociedades de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos.

Características
•  El capital mínimo legal no podrá ser inferior a 3.000 €.
•  La responsabilidad estará limitada al capital aportado por cada uno de los socios.
•  Fiscalidad: Impuesto sobre Sociedades.
Trámites para la puesta en marcha
• Certificación negativa del nombre en el Registro Mercantil.
•  Calificación como Sociedad Laboral por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social o Comunidad Autónoma.
•  Firma escritura pública de constitución de la Sociedad ante notario por todos los socios fundadores.
•  Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma..
•  Inscripción de la empresa en el Registro de Sociedades Laborales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o de la Comunidad Autónoma.
•  Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil.
• Solicitud del Número de Identificación Fiscal en la Agencia Tributaria.
• Obtención del número identificativo de Afiliación a la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social.
• Alta en el Censo de Empresarios en la Agencia Tributaria.
• Liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria (las empresas de nueva creación están exentas durante los dos primeros ejercicios).
• Afiliación de los socios a la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a cada uno de los socios trabajadores y/o administradores.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace, o directamente -con certificado digital- a través de Internet en este enlace.

Sin capital mínimo y responsabilidad limitada

Sociedad Limitada de Formación Sucesiva

Sociedad de carácter mercantil de régimen idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto en ciertas obligaciones para garantizar una adecuada protección de terceros.
Características
• Sin capital mínimo, pero hasta que se alcance la cifra de 3.000 euros de capital social se deberá destinar a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio del ejercicio.
• Límites a la retribución de socios y administradores.
• Responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación, que deberán responder hasta el capital mínimo establecido por la ley para una Sociedad Limitada (3.000 euros).
• La suma anual de las retribuciones satisfechas a los socios y administradores por sus cargos, hasta que se alcancen los 3.000 euros de capital social, no podrá exceder del 20% de patrimonio neto del correspondiente ejercicio (sin tener en cuenta las retribuciones que le correspondan como trabajador a cuenta ajena de la sociedad o por la prestación de servicios a esta).
Trámites para la puesta en marcha
• Certificación negativa del nombre de la sociedad por el Registro Mercantil.
• Firma escritura pública de Constitución de la Sociedad ante notario.
• Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
• Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil.
• Solicitud del Número de Identificación Fiscal en la Agencia Tributaria.
• Obtención del número identificativo de Afiliación a la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social.
• Alta en el Censo de Empresarios en la Agencia Tributaria.
• Liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria (las empresas de nueva creación están exentas durante los dos primeros ejercicios).
• Afiliación de los socios a la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a cada uno de los socios trabajadores y/o administradores.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace.

Sin capital mínimo y responsabilidad limitada

Emprendedor de Responsabilidad Limitada

Persona física que, con limitación de responsabilidad bajo determinadas condiciones, que realiza por cuenta propia una actividad económica o profesional, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
Características
• No existe capital mínimo legal.
• La vivienda habitual del emprendedor, siempre que no supere los 300.000 euros, no estará incluida dentro de los bienes con el que responderá a su responsabilidad empresarial.
• Fiscalidad: IRPF
Trámites para la puesta en marcha
• Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
• Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil.
• Firma ante notario del Acta Notarial, que recojerá los datos de la vivienda habitual que no estará incluída dentro de los bienes de
• Alta en el Censo de Empresarios en la Agencia Tributaria.
• Afiliación del emprendedor en la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace.

Sin capital mínimo y responsabildad ilimitada de los socios

Comunidad de bienes

Contrato por el cual la propiedad de un negocio o empresa pertenece proindiviso a varias personas.
Características
• Se exige un número mínimo de dos socios.
• No existe capital mínimo legal.
• Los socios responden con todos sus bienes.
• Fiscalidad: IRPF
Trámites para la puesta en marcha
• Contrato privado en el que se detalle la naturaleza de las aportaciones y porcentaje de participación de cada comunero.
• Firma ante notario de la escritura pública en el caso de aportación de bienes inmuebles o derechos reales.
•  Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
• Solicitud del Número de Identificación Fiscal en la Agencia Tributaria.
• Liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria (las empresas de nueva creación están exentas durante los dos primeros ejercicios).
• Afiliación de los socios en la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a cada uno de los socios trabajadores y/o administradores.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace.

Con capital mínimo fijado en los Estatutos y responsabilidad limitada

Sociedad Cooperativa

Sociedad constituida por personas que se asocian para realizar actividades empresariales, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, que se rigen por una estructura y funcionamiento democrático.
Características
• Un número mínimo de tres socios.
• Capital mínimo fijado en los Estatutos.
• Responsabilidad limitada al capital aportado.
• Fiscalidad: Impuesto sobre sociedades.
Trámites para la puesta en marcha
• Certificación negativa del nombre de la sociedad por el Registro Mercantil.
• Firma ante notario de la escritura pública de Constitución de la cooperativa.
• Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
• Inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro de Sociedades Cooperativas.
• Solicitud del Número de Identificación Fiscal en la Agencia Tributaria.
• Alta en el Censo de Empresarios en la Agencia Tributaria.
• Liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria.
• Afiliación de los socios a la Seguridad Social.
• Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a cada uno de los socios trabajadores y/o administradores.
• Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
• Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
• Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace).
Otros trámites
• Obtención y legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial del Trabajo.
• Alta de los contratos de trabajo, en el caso de que existan trabajadores por cuenta ajena.
• Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
• Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo realizar los trámites?
Estos trámites pueden realizarse en persona o también a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), puedes ver cuál es el más cercano a tu domicilio en este enlace.


No hay comentarios:

Publicar un comentario